Consulta las Bases Legales de nuestra Promo del Mundial

BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN COMERCIAL «TARJETA PREMIADA: GANA UNA TV» PROMOCIÓN TARJETA EN BOLSA

 

  1. EMPRESA ORGANIZADORA Y RESPONSABLE DE LA PROMOCIÓN.

La entidad mercantil SNACKS EL VALLE, S.L., con NIF B53426607 y domicilio social en Paraje La Solana, 9, CP 03400, Villena (Alicante) (en adelante, «Snacks El Valle» o la «Empresa Organizadora»), organiza la promoción comercial denominada «Tarjeta Premiada: Gana una TV», que se regirá por las presentes bases legales.

La actividad principal de Snacks El Valle es la fabricación y comercialización de patatas fritas y snacks.

Datos de contacto:

La promoción tiene carácter gratuito, promocional y aleatorio y está vinculada a la adquisición de determinados productos de Snacks El Valle, sin que dicha participación implique sobreprecio, coste adicional ni tarificación especial para el consumidor.

  1. NATURALEZA JURÍDICA DE LA PROMOCIÓN.

La presente promoción constituye una combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales en los términos previstos en el artículo 3.i) de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego.

No constituye una lotería, apuesta, sorteo ni juego de azar sujeto a licencia administrativa previa, al no exigirse contraprestación económica adicional más allá de la adquisición del producto a su precio de venta al público habitual.

La participación es gratuita para el consumidor, sin sobreprecio ni tarificación especial.

  1. ÁMBITO TERRITORIAL.

La promoción será válida exclusivamente en todo el territorio español (península, Islas Baleares e Islas Canarias), únicamente para los productos participantes (que se recogen en la base 5) comercializados dentro de dicho ámbito.

  1. DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN Y PLAZO DE RECLAMACIÓN.

4.1. Vigencia de la promoción.

La promoción estará vigente desde el día 1 de junio de 2026 hasta el día 30 de junio de 2026, ambos inclusive.

 

La promoción finalizará automáticamente en la fecha indicada o, si fuera anterior, en el momento en que se agoten las existencias de bolsas promocionales que contengan tarjetas premiadas. Snacks El Valle informará en su página web de dicho agotamiento si se produjera antes de la fecha prevista.

4.2. Plazo de reclamación de premios.

El plazo máximo para reclamar el premio finaliza el día 31de agosto de 2026.

Transcurrido dicho plazo sin que el ganador haya contactado con Snacks El Valle conforme al procedimiento establecido, el derecho a reclamar el premio caducará automáticamente y el premio quedará desierto.

  1. PRODUCTOS PARTICIPANTES.

Participan en la promoción exclusivamente las bolsas de patatas fritas de Snacks El Valle que incorporen en su envase la comunicación promocional «Tarjeta Premiada: Gana una TV» o cualquier otra referencia identificativa de la promoción.

Productos participantes:

  • Denominación: Patatas Fritas Supreme
  • Formato: 120g, 90g y 45g

Solo participarán las unidades que incorporen físicamente la comunicación promocional en su envase.

  1. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN.

6.1. Sistema de obtención del premio.

La promoción consiste en la introducción de 106 tarjetas premiadas en el interior de determinadas bolsas promocionales de Patatas Fritas Supreme 90g, distribuidas aleatoriamente entre las unidades comercializadas durante el periodo de vigencia.

6.2. Contenido de la tarjeta premiada.

Cada tarjeta premiada contendrá impresos los siguientes elementos:

  • La indicación expresa del premio obtenido.
  • Un código alfanumérico único de verificación.
  • Instrucciones para reclamar el premio.
  • La dirección web donde se encuentran las presentes bases legales completas.
  • Los datos de contacto de Snacks El Valle.

6.3. Condiciones de la tarjeta.

La posesión de una tarjeta premiada original, física, íntegra, legible y no manipulada será condición necesaria e indispensable para reclamar el premio. No serán válidas las tarjetas falsificadas, fotocopiadas, reproducidas, deterioradas o que hayan sido manipuladas.

El resto de las bolsas promocionales (las no premiadas) no contendrán tarjeta en su interior.

 

  1. PREMIOS.

La promoción cuenta con un total de 106 premios individuales, distribuidos según el siguiente detalle:

Premio Cantidad Valor unitario aproximado Valor total
TV Xiaomi 65″ (Modelo: Xiaomi TV F 65, 65 pulgadas, 4K UHD, Smart TV, Fire OS8, HDR10, MEMC, 2GB+32GB) 1 399,00 € 399,00 €
Camisetas Selección Española de Fútbol 35 37,94 € 1.327,90 €
Gorras Selección Española de Fútbol 35 18,95 € 663,25 €
Bufandas Selección Española de Fútbol 35 16,95 € 593,25 €
TOTAL 106 2.983,40 €

 

Los premios consistentes en camisetas, gorras y bufandas con distintivos de la Selección Española de Fútbol serán adquiridos por Snacks El Valle a través de canales oficiales de venta de productos oficiales.

Los premios no serán canjeables por dinero, ni por otros productos o servicios, ni transferibles a terceros.

  1. CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LOS PREMIOS.

8.1. Carácter ilustrativo de las imágenes.

Las imágenes de los premios utilizadas en materiales publicitarios o en el envase tendrán carácter meramente ilustrativo.

8.2. Tallas de prendas textiles.

Las camisetas, gorras y bufandas estarán sujetas a la disponibilidad de tallas existente en el momento de adquisición por parte de Snacks El Valle. La Empresa Organizadora procurará atender la preferencia de talla indicada por el ganador cuando sea posible, pero no garantiza la disponibilidad de una talla concreta. En caso de falta de disponibilidad de la talla solicitada, se entregará la talla más próxima disponible.

8.3. Sustitución del modelo de TV.

El modelo concreto de la TV podrá variar por otro de características equivalentes o superiores en caso de falta de disponibilidad justificada, manteniendo en todo caso un valor de mercado igual o superior al indicado en la presente base séptima.

 

8.4. Intransmisibilidad y no canjeabilidad.

Los premios son personales e intransferibles. Queda prohibida su venta, cesión, donación o cualquier forma de transmisión a terceros. No podrán ser canjeados por dinero en efectivo bajo ningún concepto.

  1. PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DEL PREMIO.

9.1. Formas de contacto.

Para reclamar el premio, el ganador deberá contactar con Snacks El Valle antes del día 31 de agosto de 2026 mediante un correo a la dirección [email protected]

9.2. Documentación a aportar.

El ganador deberá facilitar obligatoriamente la siguiente información y documentos:

  1. Fotografía nítida de la tarjeta premiada original (anverso y reverso).
  2. El código de verificación impreso en la tarjeta.
  3. Nombre y apellidos del ganador.
  4. Número de documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).
  5. Correo electrónico y número de teléfono de contacto.
  6. Dirección postal para el envío del premio (incluyendo código postal).
  7. En caso de premios textiles, la talla deseada (S, M, L, XL).

9.3. Verificación de la tarjeta.

Snacks El Valle se reserva el derecho a solicitar el envío físico de la tarjeta premiada original por correo postal a las oficinas de la empresa antes de proceder a la entrega del premio, cuando existan dudas razonables sobre la autenticidad, integridad o validez de la tarjeta.

  1. VALIDACIÓN DE CÓDIGOS Y TARJETAS.

10.1. Unicidad del código.

Cada código de verificación es único e intransferible y solo podrá ser utilizado una sola vez para reclamar un premio.

10.2. Causas de invalidación.

No serán válidas y serán rechazadas las tarjetas que incurran en cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Tarjetas falsificadas o apócrifas.
  • Tarjetas manipuladas, alteradas, rotas, rotas o deterioradas que impidan verificar el código.
  • Tarjetas fotocopiadas, escaneadas, reproducidas o duplicadas por cualquier medio.
  • Tarjetas presentadas fuera del plazo de reclamación establecido en la base 4.2.
  • Tarjetas cuyo código ya haya sido previamente utilizado para reclamar otro premio.
  • Tarjetas cuyo código no figure en el listado oficial de códigos premiados generado por Snacks El Valle.
  • Tarjetas obtenidas de forma fraudulenta, mediante sustracción, hurto, robo o cualquier medio ilícito.

10.3. Facultad de rechazo.

Snacks El Valle se reserva el derecho a rechazar motivadamente cualquier reclamación cuando existan indicios racionales y objetivables de fraude, manipulación, falsificación, duplicidad, irregularidad o uso indebido de la promoción.

  1. ENTREGA DE PREMIOS.

11.1. Plazo de entrega.

Una vez validado el código, comprobada la autenticidad de la tarjeta y recibida toda la documentación necesaria, Snacks El Valle gestionará la entrega del premio en un plazo máximo de treinta (30) días naturales desde la fecha de validación definitiva.

11.2. Forma de entrega.

La entrega se realizará mediante servicio de mensajería o agencia de transporte, en la dirección postal facilitada por el ganador dentro del ámbito territorial de la promoción (España peninsular, Baleares y Canarias) exclusivamente.

11.3. Gastos de envío.

Los gastos ordinarios de envío serán asumidos por Snacks El Valle.

11.4. Imposibilidad de entrega imputable al ganador.

En caso de que la imposibilidad de entrega sea imputable al ganador (dirección incorrecta o incompleta, ausencia reiterada en el domicilio, negativa a recibir el paquete, falta de respuesta a las comunicaciones de la empresa de mensajería o cualquier otra causa análoga), Snacks El Valle no asumirá los costes de un segundo intento de envío ni el coste de devolución.

11.5. Falta de respuesta del ganador.

Si el ganador no responde a las comunicaciones de Snacks El Valle en un plazo de 10 días naturales desde el primer intento de contacto, o no facilita la información adicional necesaria para la entrega, Snacks El Valle podrá considerar el premio como no reclamado, quedando automáticamente desierto.

 

  1. PREMIOS NO RECLAMADOS O DESIERTOS.

Los premios que no sean reclamados dentro del plazo establecido en la base 4.2 o que no puedan ser entregados por causa imputable al ganador (incluyendo la falta de respuesta, negativa a facilitar datos o dirección incorrecta), quedarán desiertos.

Snacks El Valle no estará obligada a sustituir los premios no reclamados ni a realizar compensación económica alguna por dicha circunstancia.

  1. FISCALIDAD.

13.1. Ingresos a cuenta del IRPF.

Los premios en especie estarán sujetos a la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En este sentido, se advierte que los premios de la presente promoción pueden estar sujetos a retención (Art. 101 LIRPF y Art. 75 RIRPF) si su valor es superior a 300 euros, en cuyo caso Snacks El Valle realizará en la Agencia Tributaria el perceptivo ingreso a cuenta del IRPF (Art. 99 LIRPF). A estos efectos, el Valor de Mercado del Premio será igual al valor de adquisición o coste para el pagador (Snacks El Valle), incrementado en un 20% (Art. 105 del RIRPF). El ganador del premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del premio (Valor de Mercado) más el ingreso a cuenta que Snacks El Valle realizó.

A efectos del cómputo del límite de 300 €, cada premio se considera de forma individualizada.

  • Para la TV (valor 399 €): Procede ingreso a cuenta del 20%, que será asumido por Snacks El Valle sin repercusión al ganador.
  • Para el resto de los premios (valor inferior a 300 €): No procede ingreso a cuenta del IRPF.

13.2. Certificación fiscal.

Snacks El Valle facilitará al ganador, cuando resulte procedente, la certificación fiscal correspondiente relativa al valor del premio y, en su caso, al ingreso a cuenta practicado.

13.4. Consecuencias de la negativa del ganador.

La negativa injustificada del ganador a facilitar los datos fiscales necesarios (nombre completo, NIF, domicilio fiscal) para cumplir con las obligaciones tributarias aplicables impedirá la entrega del premio, que quedará desierto.

  1. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

14.1. Responsable del tratamiento.

El responsable del tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores es:

  • SNACKS EL VALLE, S.L.
  • NIF: B53426607
  • Domicilio: Paraje La Solana, 9, CP 03400, Villena (Alicante)
  • Correo electrónico de contacto de protección de datos: [email protected]

14.2. Finalidades del tratamiento.

Los datos personales facilitados por los participantes y ganadores serán tratados exclusivamente para las siguientes finalidades:

  • Gestionar la participación en la promoción y la validación de tarjetas premiadas.
  • Verificar los códigos de verificación y su inclusión en el listado oficial.
  • Contactar con los ganadores para gestionar la reclamación y entrega de premios.
  • Gestionar el envío de los premios a la dirección facilitada.
  • Cumplir con las obligaciones legales y fiscales derivadas de la promoción.
  • Atender posibles incidencias, consultas, quejas o reclamaciones relacionadas con la promoción.
  • En su caso, elaborar la documentación contable y fiscal exigible.

14.3. Base jurídica del tratamiento.

La base jurídica del tratamiento es:

  • La ejecución de la relación jurídica derivada de la participación en la promoción y aceptación de estas bases.
  • El cumplimiento de obligaciones legales aplicables a Snacks El Valle (fiscales, contables, de consumo).
  • El consentimiento expreso del interesado para cualquier finalidad adicional que se le solicite.

14.4. Plazo de conservación de los datos.

Los datos personales serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para gestionar la promoción (incluyendo posibles reclamaciones) y, posteriormente, durante los plazos legalmente exigidos a Snacks El Valle.

14.5. Ejercicio de derechos.

Los participantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de sus datos, así como a no ser objeto de decisiones automatizadas, mediante comunicación escrita dirigida a la dirección postal o electrónica indicada en la base 14.1, adjuntando copia de su documento nacional de identidad o documento equivalente.

14.6. Reclamación ante la AEPD.

Los participantes tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), especialmente cuando no hayan obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, a través de la sede electrónica de la AEPD (www.aepd.es).

 

  1. USO DE IMAGEN DE LOS GANADORES.

La participación en la promoción no implica autorización automática alguna para utilizar la imagen, nombre, voz, perfil en redes sociales, fotografía, vídeo o audio del ganador por parte de Snacks El Valle.

En caso de que Snacks El Valle desee publicar o difundir fotografías, vídeos, nombres, testimonios o cualquier otro contenido identificativo de los ganadores en su página web, redes sociales, materiales comerciales, campañas publicitarias o cualquier otro soporte, solicitará previamente una autorización específica, expresa, informada y por escrito (o mediante el correspondiente consentimiento digital verificable).

El ganador no estará obligado a conceder dicha autorización y su negativa no afectará a su derecho a recibir el premio obtenido.

  1. DESVINCULACIÓN DE TERCEROS.

La presente promoción está organizada exclusivamente por Snacks El Valle, sin participación, patrocinio, aval, administración ni asociación de ningún tercero.

La promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada a ninguna de las siguientes entidades o personas:

  • Federación Española de Fútbol (RFEF).
  • Selección Española de Fútbol.
  • FIFA, UEFA o cualquier otra federación, confederación o asociación deportiva.
  • Organizadores de competiciones o eventos deportivos.
  • Proveedores, distribuidores o fabricantes de los premios (Xiaomi, proveedores de productos oficiales de la Selección…).

Las referencias a la «Selección Española de Fútbol» en la descripción de los premios se realizan únicamente con la finalidad de identificar los productos adquiridos por Snacks El Valle a través de canales oficiales de venta al público, sin que ello implique vinculación, patrocinio o autorización alguna por parte de dicha entidad.

Todas las marcas, nombres comerciales, signos distintivos, imágenes, denominaciones y derechos de propiedad industrial o intelectual de terceros pertenecen a sus respectivos titulares, y Snacks El Valle no se atribuye ningún derecho sobre los mismos.

  1. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.

17.1. Snacks El Valle no será responsable en los siguientes supuestos:

  1. a) Errores, omisiones o inexactitudes en los datos de contacto o dirección facilitados por el ganador, siempre que dichos errores sean imputables exclusivamente al ganador.
  2. b) Imposibilidad de contacto con el ganador tras tres intentos razonables de comunicación en un plazo de 10 días naturales.
  3. c) Pérdida, deterioro, extravío, robo, hurto o destrucción de la tarjeta premiada con posterioridad a su adquisición por parte del consumidor.
  4. d) Reclamaciones presentadas fuera del plazo establecido en estas bases.
  5. e) Incidencias, retrasos, pérdidas o daños en el transporte o entrega de los premios que sean imputables exclusivamente a la agencia de transporte o mensajería contratada, sin perjuicio de las acciones que el ganador pueda ejercitar directamente contra dicha empresa.
  6. f) Falta de disponibilidad de una talla concreta de prenda textil, siempre que se entregue una talla alternativa razonablemente próxima o se informe al ganador de dicha circunstancia.
  7. g) El uso que el ganador haga del premio una vez entregado, así como los daños, pérdidas o averías que se produzcan con posterioridad a la entrega.

17.2. Facultad de modificación, suspensión o cancelación:

Snacks El Valle se reserva el derecho a modificar, suspender o cancelar la promoción por causa justificada, caso fortuito, fuerza mayor o circunstancias ajenas a su control (incluyendo, a título enunciativo, huelgas, incendios, inundaciones, ciberataques, cambios normativos sobrevenidos o instrucciones de autoridades competentes), siempre que se respeten los derechos adquiridos por los participantes que ya hubieran obtenido una tarjeta premiada válida antes de dicha modificación, suspensión o cancelación.

En caso de modificación de las bases, Snacks El Valle publicará la versión modificada en la misma dirección web, con indicación expresa de la fecha de modificación.

  1. FRAUDE, PARTICIPACIÓN IRREGULAR Y EXCLUSIÓN.

18.1. Conductas prohibidas.

Queda expresamente prohibida cualquier conducta fraudulenta, abusiva, contraria a la buena fe o que incumpla las presentes bases, incluyendo, a título enunciativo:

  • La reproducción, falsificación, manipulación, alteración o duplicación de tarjetas premiadas o códigos de verificación.
  • La venta, compra, cesión o transmisión de tarjetas premiadas o códigos de verificación.
  • La obtención de tarjetas premiadas mediante hurto, robo, sustracción o cualquier medio ilícito.
  • La utilización de códigos de verificación obtenidos por medios fraudulentos.
  • La participación de personas menores de edad (menores de 18 años).
  • La participación de empleados de Snacks El Valle, así como sus familiares directos (cónyuge, pareja de hecho, ascendientes, descendientes y hermanos).

 

 

18.2. Facultad de exclusión.

Snacks El Valle se reserva el derecho a excluir de la promoción a cualquier persona que incurra en las conductas prohibidas anteriores, anulando la tarjeta premiada y el código de verificación correspondiente, y denegando la entrega del premio, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder por daños y perjuicios.

18.3. Consecuencias del fraude.

Cualquier intento de fraude, manipulación o uso de códigos no válidos podrá ser puesto en conocimiento de las autoridades competentes a los efectos legales oportunos, sin perjuicio del derecho de Snacks El Valle a reclamar los daños y perjuicios causados.

  1. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y DISPONIBILIDAD.

19.1. Aceptación.

La participación en la promoción (entendiéndose como tal la adquisición de una bolsa promocional que contenga una tarjeta premiada y la reclamación del premio) implica la aceptación íntegra y sin reservas de las presentes bases legales.

19.2. Disponibilidad de las bases.

Las presentes bases legales estarán disponibles durante toda la vigencia de la promoción y, al menos, durante los seis meses siguientes a su finalización, en la siguiente dirección web:

www.snackselvalle.com/blog/bases-legales-sorteo/

19.3. Resumen en envase.

El envase de los productos promocionales incluirá un resumen legible de las condiciones esenciales de la promoción (existencia de tarjetas premiadas, premios disponibles, plazo de reclamación y dirección web de las bases completas), cumpliendo con los requisitos de transparencia exigidos por la normativa de consumo.

  1. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN.

20.1. Legislación aplicable.

La presente promoción se regirá por la legislación española vigente en España y por las presentes Bases disponibles en la web (www.snackselvalle.com/blog/bases-legales-sorteo/).

20.2. Jurisdicción.

Para cualquier controversia derivada de la interpretación, aplicación o ejecución de las presentes bases, las partes se someterán a los Juzgados y Tribunales del domicilio del consumidor de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Consumidores y Usuarios, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

 

Snacks El Valle, S.L.

Junio de 2026

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